Requisitos

Hallarse en posesión de un Título Universitario, Grado, Máster o ciclo formativo (formación profesional), habiendo finalizado sus estudios y obtenido el título en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2018 y la fecha de inicio de la acción formativa. Los participantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.

Nacionalidad europea.

Encontrarse en situación de desempleo antes del inicio las prácticas

No haber disfrutado de alguna práctica formativa similiar, por un perido igual o superior a 6 meses.

No haber trabajado durante más de 6 meses por cuenta propia o ajena después de la terminación de sus estudios en tareas relacionadas con la titulación requerida para optar a la beca que se convoca (acreditado mediante "Informe de Vida Laboral")

La Empresa deberá adherirse a la Fundación en calidad de Asociado Colaborador o de Asociado Protector.

Duración

La duración de la beca no podrá ser inferior a 6 meses, ni superior a 12.

Dotación

Ciclos Formativos mínimo 800 €/mes

Titulados de Grado mínimo 800 €/mes

Máster mínimo 800 €/mes

La cantidad final la fijará la Empresa.

El máximo nunca será superior a 1.300 €.

Procedimiento

Nuevos titulados

Para cada nuevo titulado en prácticas se firmará un convenio específico en el que figurará la duración de la beca, el horario, tutor responsable y demás condiciones.

Documentación

La Fundación facilitará copia firmada original de toda la documentación a la empresa.

Horario

La Empresa designará la fecha de inicio y finalización de la práctica, así como el horario de trabajo que no podrá ser inferior al 90% de la jornada laboral ordinaria, vigente en la Empresa.

Seguridad social

Durante la estancia del titulado en la entidad receptora, estará cubierto por un seguro de accidentes y responsabilidad civil, así como cotización en Seguridad Social (inclusión en el Régimen General de la SS, en cumplimiento del R.D 1493/2011 de 24 de octubre). El titulado recibirá la liquidación de forma mensual.